miércoles, 25 de septiembre de 2019



26 de Septiembre.
Día del empleado de comercio:
una historia que une al socialismo y a las conquistas laborales



La fecha en cuestión tiene su origen en la ley 11.729 que fue sancionada el 26 de septiembre de 1933. Esta estableció el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, maternidad y, entre otras cosas, el aguinaldo.  Finalmente, quedó instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 de 1975 en su artículo 76°.

Esas modificaciones al código, introducían por primera vez, derechos laborales modernos y protectorios. Así, se regulaba en Argentina  los contratos de trabajo para las empleadas  y empleados de comercio. Esta ley además, servirá de antecedente para la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) vigente en la actualidad. Es por ello que su importancia merece una fecha de conmemoración ya que la misma, excede a los empleados de comercio en particular y se convierte en sustento de toda legislación laboral posterior que fuera sancionada para los empleados en general.

Haciendo memoria y releyendo el texto original de la Ley 11.729,  recordamos que quedó establecido entre otras cuestiones fundamentales para los trabajadores, las siguientes:

.La regulación los accidentes de trabajo
.Las vacaciones anuales pagas
.El régimen de indemnizaciones por despido y el preaviso
.La tutela del trabajador y la licencia por maternidad

La iniciativa la llevó adelante el diputado socialista Enrique Dickman (que recoge a su vez la prédica y la cátedra de su par Alfredo Palacios), que sintetizó las conquistas más sentidas por los trabajadores mercantiles y puso fin a interminables períodos de abusos y arbitrariedades laborales. 

“El espíritu de los Mártires de Chicago, de las compañeras Textiles, quemadas vivas en una fábrica de Nueva York y de todos los que luchaban por el acortamiento de las jornadas de trabajo, impregnó la victoria parlamentaria del Pueblo, al obtenerse la sanción de la Ley 11729, que pasó a ser el basamento de toda la legislación laboral argentina, ya que no sólo regiría para los empleados de comercio, sino para beneficio de todo el movimiento obrero”

Después de largos años en que la dictadura militar nos arrebato esta conquista, los Empleados de Comercio volvemos a recuperar nuestro Día como feriado nacional. El once de noviembre de 2009, el Congreso de la Nación sanciono con fuerza de ley el Proyecto presentado por los Diputados Nacionales Julio Ledesma, Patricia Gardella y Guillermo Pereyra.

LEY 26.541.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc, sanciona con fuerza de Ley:

ESTABLECE EL 26 DE SETIEMBRE COMO DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO EL QUE SERA CONSIDERADO FERIADO NACIONAL OBLIGATORIO PARA TODOS LOS TRABAJADORES MERCANTILES

Art. 1– Declárese como descanso para los empleados de comercio, el día 26 de setiembre de cada año, en que se conmemora el “Día del Empleado de Comercio”.-
Art.2– En dicho día los empleados de comercio no prestaran labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos lo efectos legales.
Art. 3-Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.”


Art. 76° del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75

Artículo 76º – Derogado por ley 21329, artículo 2º.
* Restablecimiento del Día del Empleado de Comercio
– El 25/9/1985 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó el acuerdo s/expediente 778377/85 suscripto el 19/9/1985 por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, Coordinadora de Actividades Mercantiles Empresarias, Cámara Argentina de Comercio y la Confederación General de Empleados de Comercio, en virtud del cual se convino en reimplantar el día 26 de setiembre de cada año como el “Día del Empleado de Comercio”, trabajando normalmente y destacándose que a los efectos de la percepción de haberes, dicho día será abonado con doble remuneración, siempre que el empleado asista en la forma habitual a su trabajo.

Han transcurrido más de 100 años desde la sanción de la Ley de Descanso Dominical en 1905, por lo que se torna fundamental que las jóvenes generaciones de mercantiles asuman el conocimiento de la historia, porque no siempre se trabajó los domingos o porque en nuestro país tuvo plena vigencia el cumplimiento de la Ley que establece la jornada de trabajo diario en 8 hs. y la semanal en 44.



------------------

Marcha de los Empleados de Comercio

Si nuestra unión es fuerte y verdadera
Ganamos todos, ganamos todos
Haciendo respetar nuestros derechos
Ganamos todos, ganamos todos

Defiende tus legítimas conquistas
Con entusiasmo y de corazón
Debemos proteger nuestro futuro
Ganemos todos con la razón

Es deber del hombre defender su dignidad
Siempre ha de luchar por su libertad
Consigamos juntos la justicia y la verdad
la seguridad, la solidaridad

Defiende tu ideal, la justicia social
Apoya con firmeza nuestra unión
Si nuestra unión es fuerte y verdadera
Ganamos todos, sin excepción

Si nuestra unión es fuerte y verdadera
Ganamos todos, ganamos todos
Si juntos construimos el futuro
Ganamos todos, ganamos todos

Defiende con fervor tu sindicato
A tu trabajo y a tu familia
Unidos Empleados de Comercio
Ganemos todos con la razón

Es deber del hombre defender su dignidad
Siempre ha de luchar por su libertad
Consigamos juntos la libertad y la verdad
La seguridad, la solidaridad

Defiende tu ideal, la justicia social
Apoya con firmeza nuestra unión
Si nuestra unión es fuerte y verdadera
Ganamos todos, ganamos todos
Unidos Empleados de Comercio
Ganamos todos, ganamos todos

-------------------




No hay comentarios:

Publicar un comentario